Plazo legal: 2 días

Tramitar Acta de Defunción en Caldas

Inscribe el fallecimiento ante Notaría o Registraduría dentro de los 2 días siguientes. Consulta quién debe declarar, qué documentos se necesitan y cómo obtener la copia digital.

Plazo: 2 días
Notaría / Registraduría
Copia digital disponible
Consulta de Registro
Defunción · Registraduría
Conexión encriptada SSL
Proceso Legal

¿Cómo inscribir una defunción?

El registro es obligatorio y debe realizarse dentro de los dos días siguientes al fallecimiento.

1

Obtén el Certificado Médico

El médico que atendió el fallecimiento debe diligenciar y firmar el certificado de defunción. Es el documento base para la inscripción.

2

Declara ante Notaría o Registraduría

Dentro de los 2 días siguientes, presenta el certificado y los documentos del fallecido. Si superas el plazo, necesitarás orden del inspector de policía.

3

Descarga la Copia Digital

Una vez inscrito, puedes solicitar la copia del Registro Civil de Defunción en línea. La tarifa digital es de $18.750 COP.

Documentación

Requisitos para el Trámite

Certificado Médico de Defunción

Diligenciado y firmado por un médico titulado con registro vigente. Obligatorio para toda defunción posterior a 1998.

Cédula del Fallecido

Documento de identidad de la persona fallecida (original o copia).

Documento del Declarante

Cédula de quien realiza la declaración: cónyuge, familiar, médico, funeraria o autoridad de policía.

Nota: En caso de muerte violenta, se requiere autorización judicial y no aplica el plazo de 2 días. Si no existe certificado médico, se puede inscribir con declaración juramentada de dos testigos hábiles.

Tarifas 2026

Costos del Registro Civil

Inscripción de la Defunción

Registro inicial ante Notaría o Registraduría

Gratis

Copia Digital en Línea

Descarga en PDF con validez jurídica

$18.750 COP

Copia Física (Presencial)

En Registraduría autorizada

$10.800 COP

* Tarifas vigentes según Resolución 1500 de 2026. La copia digital puede no incluir espacio para notas, verifica si tu trámite lo requiere.

Dudas Comunes

Preguntas Frecuentes

El cónyuge sobreviviente, los parientes más próximos, las personas que habiten la casa donde ocurrió el fallecimiento, el médico tratante, la funeraria, el director del hospital o clínica, y la autoridad de policía que encuentre un cadáver no reclamado.
El registro debe realizarse dentro de los 2 días siguientes al momento en que se tuvo noticia del fallecimiento. Si se supera este plazo, se requiere una orden del inspector de policía para la inscripción extemporánea.
Si no existe certificado médico, la inscripción se puede realizar mediante la declaración juramentada de dos testigos hábiles, según el artículo 76 del Decreto Ley 1260 de 1970.
La copia digital en línea tiene un costo de $18.750 COP (tarifa vigente desde marzo de 2026). La copia física presencial cuesta $10.800 COP. La inscripción inicial es gratuita.
Sí. La copia descargada desde el portal oficial de la Registraduría incluye sello digital y código de verificación que le otorga plena validez jurídica. Sin embargo, ten en cuenta que la copia digital puede no incluir espacio para notas, lo que podría afectar trámites que lo requieran.
Debes presentar el registro civil o documento equivalente del país donde ocurrió el fallecimiento, debidamente apostillado o legalizado y traducido si es necesario, ante una Notaría, Registraduría o Consulado de Colombia.

¿Necesitas descargar la copia digital?

Una vez inscrita la defunción, puedes obtener la copia del Registro Civil en línea a través del portal oficial de la Registraduría.

Ir al Portal Oficial de la Registraduría

Serás redirigido al sitio oficial del gobierno colombiano.